Cuando es necesaria la Coordinación de Actividades empresariales:
- Concurrencia de trabajadores de varias empresas en un mismo centro de trabajo.
- Concurrencia de trabajadores de varias empresas en un mismo centro de trabajo del que un empresario es titular.
- Concurrencia de trabajadores de varias empresas en un centro de trabajo, cuando existe un empresario principal.
Cuando es necesario el nombramiento de un COORDINADOR
- Cuando se realicen actividades peligrosas o con riesgos especiales.
- Cuando exista dificultad para controlar las interacciones que puedan generar riesgos graves o muy graves.
- Cuando haya dificultad para evitar actividades incompatibles.
- Cuando haya una especial dificultad para la coordinación
Coordina asumirá el cargo de Coordinador de Actividades empresariales realizando entre otras las siguientes funciones:
- Reuniones iniciales y periódicas con las empresas concurrentes.
- Impartición de instrucciones.
- Establecimiento de medidas especificas de Prevención de Riesgos.
- Realización de Informes de Coordinación.
- Chequeo de la documentación aportada por las distintas empresas concurrentes.
- Comprobación del correcto intercambio de información entre empresas.
- Servir de canal para el intercambio de información.
- Visitas periódicas para la comprobación de la correcta ejecución de los trabajos y cumplimiento de las medidas propuestas.