Cuando es necesaria la Coordinación de Actividades empresariales:

  • Concurrencia de trabajadores de varias empresas en un mismo centro de trabajo.
  • Concurrencia de trabajadores de varias empresas en un mismo centro de trabajo del que un empresario es titular.
  • Concurrencia de trabajadores de varias empresas en un centro de trabajo, cuando existe un empresario principal.

Cuando es necesario el nombramiento de un COORDINADOR

  • Cuando se realicen actividades peligrosas o con riesgos especiales.
  • Cuando exista dificultad para controlar las interacciones que puedan generar riesgos graves o muy graves.
  • Cuando haya dificultad para evitar actividades incompatibles.
  • Cuando haya una especial dificultad para la coordinación

Coordina asumirá el cargo de Coordinador de Actividades empresariales realizando entre otras las siguientes funciones:

  • Reuniones iniciales y periódicas con las empresas concurrentes.
  • Impartición de instrucciones.
  • Establecimiento de medidas especificas de Prevención de Riesgos.
  • Realización de Informes de Coordinación.
  • Chequeo de la documentación aportada por las distintas empresas concurrentes.
  • Comprobación del correcto intercambio de información entre empresas.
  • Servir de canal para el intercambio de información.
  • Visitas periódicas para la comprobación de la correcta ejecución de los trabajos y cumplimiento de las medidas propuestas.

 

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